El TS aplica la exención del art. 7.p) de la LIRPF tanto a los rendimientos percibidos por militares españoles destinados en la Fuerza Provisional de Naciones Unidas en el Líbano (UNIFIL) como a los obtenidos por tripulantes de buques de la Armada Española en operaciones de la OTAN en aguas internacionales.
El TS declara exentos de IRPF los sueldos de militares en misiones de la ONU en el extranjero y en buques en operaciones de la OTAN
Abr 28, 2025